Hoja 121


y estantes y churras estantes pero sin cabaña yeguada ni vacada. Y regulan, en virtud de Carta Orden, a cada cien cabezas de ganado lanar trashumante diez y seis arrobas de lana y veinte y cinco corderos que, a precio aquella de sesenta reales y estos a doce, importan mil doscientos y sesenta en los que se incluyen un mil reales de gastos. A cada cien cabezas de estantes regulan diez y seis arrobas de lana y quince corderos que, aquella a cincuenta y cinco y estos a diez, importan mil y treinta en los que


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